▷IMPORTACIÓN y ADUANA aclare aquí sus dudas【2021】

(Actualizado 2021) Sé que tienes muchas dudas sobre la IMPORTACIÓN, no te preocupes aquí te aclarare todas las dudas que tengas sobre el comercio exterior y Aduanas. Puedes leerlo en la página oficial de aduanas si deseas CLIC AQUÍ. Aquí te muestro un super resumen y más entendible.

  1. ¿ Qué es importa fácil?

El gobierno para incentivar la importación y hacer menos tedioso los tramites aduaneros, ha creado esta modalidad de IMPORTA FÁCIL, como su mismo nombre lo dice, «importa fácil, facilísimo», si tus compras son menores a 2000 dólares Americanos, no tendrás que contratar ningún agente de Aduanas. Pasa muy fácil por aduanas hasta tu casa.

  1.   ¿Qué mercancías ingresan por Importa Fácil?

Como ya lo dijimos siempre que tus compras no superan los 2000 dólares precio FOB (precio solo del producto). Y también siempre que no se trate de mercancías prohibidas o restringidas.

  1. ¿Se llenan formularios en Importa Fácil?

No, no se necesita llenar nada. El remitente coloca la información en el producto y al ser electrónico este queda registrado.

  1. ¿Qué documentos de identidad necesito para importar?

Todo importador deberá inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC). Sin embargo una persona natural (común de a pie) puede efectuar, entre otras, las siguientes operaciones de importación SIN necesidad de
RUC:
– Cuando realices en forma ocasional importaciones de mercancías cuyo valor FOB por operación no exceda de mil dólares americanos (US$ 1000.00) y siempre que registre hasta tres (3) importaciones anuales como máximo.
– Cuando por única vez en un año calendario, importe mercancías cuyo valor FOB exceda los mil dólares americanos (US$ 1000.00) y siempre que no supere los tres mil dólares americanos (US$ 3000.00).

Valor FOB es solo el valor del producto. No se considera el flete, ni el seguro.

  1. ¿Qué es la modalidad de distribución directa?

Es la calificación de los envíos que  no requieren de declaración simplificada de importación ni de trámite alguno ante la aduana. Pasa automáticamente aduanas sin problema de frente a tu casa. Eso es muy bueno para los que inician en la importación.

Quienes están sujetos a esto:
Correspondencia, documentos, diarios o publicaciones periódicas sin fines comerciales.

Envíos cuyo valor FOB sea hasta US$ 200.00. Mucha gente importa esta modalidad sin problema. Ya que no se paga nada, ni impuesto, ni nada. Ojo estos productos no deben estar prohibidos ni restringidos.

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  1. ¿Qué hacer si me notifican por mercancías restringidas?

Antes de importar debes saber si ese producto no va tener ningún problema en el acceso. Si no has tomado en cuenta esto y cae en aduanas, por mandato legal esos productos requieren autorización de su respectiva entidad competente para ser sometidas a un determinado régimen aduanero. Por ejemplo si traes medicina, es restringida, requiere autorización del Minsa.
Si usted recibe una notificación que indica MERCANCÍA RESTRINGIDA, debe leer detenidamente lo que la SUNAT te está requiriendo para el trámite en aduana de su envío, luego debe tramitar el documento  ante el sector estatal competente, para lo cual es recomendable previamente contactar vía telefónica o Internet al sector competente para que te orienten acerca de los requisitos para obtener el documentos.

Una vez que se obtenga el documento autorizante, lo podrás presentar a través de Serpost S.A. si te encuentras en provincia, pero para las provincias de Lima y Callao deberás presentarlo personalmente en la agencia postal donde se encuentra tu envío, luego de lo cual de ser conforme la SUNAT culminará el despacho dando el levante autorizado para que puedas recoger tu envío depositado en Serpost S.A.

Para conocer si su envío contiene una mercancía considerada restringida, sugerimos revisar la información a través del enlace: http://www.aduanet.gob.pe/servlet/AICONSMrestri

  1.     ¿Qué hacer si no me autorizan el ingreso de mi mercancía restringida o si se trata de mercancía prohibida?

Bueno puedes simplemente abandonar tu mercadería o informar a Serpost que no iras a recoger, ellos lo devolverán al remitente, caso el remitente decida abandonarlo también, pues aduana lo dará por abandonado, pero que sucede si en ese paquete había otros productos que no son restringidos, pues puedes solicitar a aduanas el desdoblamiento del producto y podrás tranquilamente recogerlo.

  1. ¿Cuánto tiempo un envío postal puede permanecer en Perú sin ser entregado al
    destinatario?

El plazo de conservación de un envío postal, es el tiempo que un envío postal puede permanecer en Perú sin ser entregado al destinatario, el cual es de dos meses computados a partir de la fecha en que Serpost S.A. comunica el envío a la Sunat.

  1. ¿Qué tributos e impuestos debo pagar por mi envío?

Estos son los impuestos que has de pagar según el monto de tu importación.

Mercancías hasta por un valor FOB(precio puesto en el puerto de origen, una manera fácil de entender es «precio solo del producto») de doscientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US $ 200,00) por envío postal. NO paga Ad/Valorem, ni IGV.

Mercancías cuyo valor FOB sea superior a doscientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US $ 200,00) y hasta un máximo de dos mil y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US $ 2 000,00) por envío postal. Paga 4% de Ad/Valorem y 18% de IGV.

Estas son las preguntas más comunes en Aduana. Si desea más información entrar a la misma página de Aduana o llamar a los agentes aduaneros.

 

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